CARTA PÚBLICA A LA NACIÓN ACERCA CASO ODEBRECHT
- Jaime Ford
- 21 feb 2023
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CARTA PÚBLICA A LA NACIÓN ACERCA CASO ODEBRECHT
1. En audiencia pública realizada el 9 de noviembre de 2017 por la Procuraduría General de la Nación y en audiencia cerrada celebrada el día 17 de noviembre de 2017, hago de conocimiento público que una vez más se me pisotearon todos miles derechos constitucionales y humanos, violentando el principio fundamental a la presunción de inocencia, en clara violación al Artículo 8 del Código Procesal Penal y al Artículo 22 de nuestra Constitución Nacional.
2. Fui indagado en septiembre de 2017 y me levanté voluntariamente el fuero penal electoral del cual gozaba por ser candidato a Convencional. Lo hice porque estoy convencido de que no soy culpable.
3. . No he tenido ninguna relación con Odebrecht fuera de términos legales producto de la posición que ostentaba. Tampoco he tenido relación con el banco en mención (Banca Privada de Andorra-BPA), con la sociedad a la cual lo quieren vincular (Westfall Holding, S.A), ni con el supuesto depositante, AEON Group, Inc.
4. De Westfall Holding, S.A., no soy ni suscriptor, ni dignatario, ni director, ni accionista, ni beneficiario directo o indirecto, como bien lo ha declarado ALCOGAL, agente residente de dicha sociedad.
5. Tampoco he suscrito contrato alguno con dicha sociedad, ni con alguno de sus representantes, directores, dignatarios, accionistas o beneficiarios directos o indirectos, ni me he beneficiado de los dineros supuestamente relacionados con esta cuenta.
6. Desde mayo de 2015, el Ministerio Público me ha investigado sin reserva, incluyendo todas mis cuentas bancarias y está en pleno conocimiento, como consta en expedientes de que JAMÁS he recibido dinero de Odebrecht, Westfall Holding, S.A., AEON Group, Inc., ni de ninguno de sus suscriptores, dignatarios, directores, accionistas, beneficiarios directos o indirectos y es por esto que la Fiscalía ha sido incapaz de demostrar con prueba idónea de lo que se me acusa: BLANQUEO DE CAPITALES, tipificado en el Capítulo IV, Título VII del Libro Segundo del Código Penal, específicamente el Artículo 254 del Código Penal.
7. Mi presunta vinculación nace viciada, a raíz de una supuesta delación de Luiz Eduardo Da Rocha Soares, publicada en el periódico La Prensa con fecha 21 de agosto de 2017, bajo el titular “Más exministros recibieron coimas, asegura delator”.
8. Con respecto a este primer hecho quiero dejar saber al público que cuento y hemos presentado a la Fiscalía declaración oficial de Brasil del señor Luiz Eduardo Da Rocha Soares en la cual él mismo indica que desconocía la identidad de los supuestos beneficiarios de los pagos ilegales. Siendo este el caso, mal podría haberme señalado tal como lo quiere presentar la Fiscalía y ciertos medios escritos.
9. Así mismo se ha hecho mención por parte de ANDRE CAMPO RABELLO de la suma de US$1,800,000 y por JORGE ESPINO el 17 de noviembre de 2017 ante el Juzgado Décimo Segundo de Circuito Penal de Panamá, mediante acuerdo de homologación, la suma de US$2,000,000.
10. Hago de su conocimiento que al momento en que se realizó mi indagatoria y posterior detención no existía en el expediente mención ni mucho menos prueba idónea que demostrara una transferencia de alguna sociedad por estas sumas. La Fiscalía solo había hecho mención en el expediente de una transferencia de US$200,000 y la misma no contaba con sustento legal ni documento bancario que acreditara su veracidad por lo que desconozco por qué hace alusión a esta suma.
11. Es por falta de pruebas que el pleno de la Corte Suprema de Justica en pleno me otorgó un Habeas Corpus con el que logré mi libertad. En el mismo se deja claro que JAMÁS he obtenido un solo centavo de la empresa Odebrecht.
12. La Fiscalía continúa mencionando que, en mi presencia en Barcelona, España se acordó en entregarme US$1,800,000. Al igual que todo, un completo disparate fácilmente comprobable. Mi defensa aportó mis pasaportes debidamente autenticados y mis movimientos migratorios que acreditaron que nunca estuve en la Ciudad de Barcelona en la fecha indicada por el Ministerio Público.
13. La Fiscalía ha hecho saber a través de medios de comunicación que JORGE ESPINO, es un intermediario que recibió dinero de Odebrecht y que, mediante acuerdo homologado en audiencia a puerta cerrada, colaboró con el Ministerio Público confesando que los supuestos dineros recibidos por él fueron entregados a mi persona en concepto de coima.
14. En este sentido quiero establecer públicamente que no existe constancia alguna en el expediente, de que JORGE ESPINO haya recibido, depositado, negociado, transferido o convertido dineros a favor o en beneficio suyo y mucho menos mío.
15. Para probar este hecho solicitamos a la Fiscalía que oficiara a la Agencia de Resolución de Entidades Bancarias de Andorra a fin de que certifique los movimientos bancarios de Westfall Holding, S.A., y de AEON Group, Inc., y así demostrar que nunca he recibido fondos de estas sociedades y a la vez demostrar el rastro del dinero.
16. La Fiscalía me imputó por el delito de BLANQUEO DE CAPITALES. Este delito no se puede probar con la delación del delincuente internacional ANDRE CAMPO RABELLO y el confeso JORGE ESPINO, quien asumimos actuó bajo coacción. De acuerdo al derecho probatorio patrio, la delación tiene el valor del testimonio unitario, no hace de por si plena prueba. El delator es un testigo sospechoso, ya que a través de la delación recibe como premio rebaja de pena y hasta la suspensión del cargo imputado.
17. Consta en el expediente que el día 13 de octubre de 2017, mi defensa solicitó repreguntar a los supuestos delatores para así desenmascarar a estos corruptores que solo buscan salvar sus pellejos y el de la empresa para las cuales trabajan o son accionistas y así asegurar la culminación de proyectos y la obtención de nuevas obras en nuestro país.
18. Sin embargo, esta petición no se concedió. Y, por el contrario, se les archivó la causa, negándonos el derecho de repreguntar, violando así el derecho de contradicción.
19. Con el actuar de la Fiscalía y el Juzgado Duodécimo estas audiencias violentan el derecho a la defensa, a la presunción de inocencia y al contradictorio ya que a los delatores se les concedió el archivó sus procesos.
20. Quiero recordarle a la Nación que el ente público que inicia las investigaciones por el pago de US$59,000,000 en supuestas coimas es el Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, y negoció un acuerdo donde solo se mencionan 2 proyectos en Panamá. Uno es de infraestructura que se dio entre los anos 2009-2012, fecha para la cual yo no ostentaba el cargo de Ministro y otro de transporte, proyecto que no es responsabilidad del Ministerio de Obras Públicas.
21. Las investigaciones también avanzan por solicitud de la Fiscalía Federal Suiza en donde requiere se investigue proyectos específicos a saber: CINTA COSTERA, SANEAMIENTO DE LA BAHIA, IRRIGACIÓN MADDEN COLON, METRO DE PANAMÁ, PROYECTO CURUNDÚ, SISTEMA DE RIEGO REMIGIO ROJAS y PATRIMONIO HISTÓRICO DE PANAMA, de los cuales ninguno fue licitado ni adjudicado por JAIME FORD CASTRO.
22. Los proyectos que me tocó gestionar como Ministro del MOP funcionaban bajo la modalidad “llave en mano”, lo que significa que los pagos ya estaban programados y estaban fuera de mi control o cualquier otro funcionario del MOP ya fuera para agilizar o atrasar dichos pagos.
23. Pedí a mi defensa que no se opusiera a la prórroga solicitada por el Ministerio Público para que continúe las investigaciones y se descubra la verdad de los hechos.
24. Le recordamos a la ciudadanía que no es la primera vez que me han imputado casos en casos que no guardan relación con sus actuaciones.
Fui detenido ilegalmente en el Centro Penitenciario El Renacer por 49 días por el caso de la Autopista Arraiján-Chorrera cuando todavía no se contaba con auditoría de la Contraloría General de la República y al día de hoy se mantienen los cargos y medidas cautelares aun cuando en la auditoría realizada posteriormente por la Contraloría no me vincula con la supuesta lesión patrimonial al estado.
25. Así mismo, al día de hoy fui llamado a juicio y mantengo y medidas cautelares por el caso de granos en el PAN, aun cuando en la auditoría realizada por la Contraloría tampoco me vincula con la supuesta lesión patrimonial al estado.
26. Basamos nuestras esperanzas en nuestra sistema de Justicia ya que en sus manos se encuentra el salvaguardar los derechos fundamentales de todos los panameños.
JAIME FORD CASTRO NUNCA RECIBIÓ DINERO DE ODEBRECHT. SIGAN EL RASTRO DEL DINERO.
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